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Merger and Acquisitions (M&A) - Fusiones y Adquisiciones

  • Foto del escritor: Matías Araos
    Matías Araos
  • 3 may
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 4 may

Seguramente has escuchado en noticias económicas o movimientos empresariales relevantes que una compañía “compra” a otra o que dos empresas “se fusionan”. Detrás de esas operaciones se encuentra el M&A (fusiones y adquisiciones).

 

Corresponde al conjunto de operaciones jurídicas y económicas mediante las cuales se produce la integración, transferencia o toma de control de una empresa o de sus activos. Su finalidad principal es la reorganización estratégica del patrimonio empresarial, permitiendo expandir operaciones, acceder a nuevos mercados, adquirir capacidades productivas o generar eficiencias mediante sinergias.


Formas de Estructurar el Control Empresarial


Desde una perspectiva estructural, el M&A puede materializarse a través de diversas figuras, entre las cuales destacan la fusión, entendida como la reunión de dos o más sociedades en una sola que las sucede en todos sus derechos y obligaciones, y la adquisición (compra de acciones, derechos sociales o activos). 


En la fusión, opera una transmisión universal por el solo ministerio de la ley, lo que permite el traspaso de activos sin necesidad de nuevas inscripciones de dominio individuales. 


En ambos casos, el elemento común es la transferencia de control, que en sociedades abiertas debe cumplir con las normas de Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA) para garantizar la transparencia.


Etapas del proceso de M&A


El proceso de M&A se articula en etapas diferenciadas, cada una con funciones específicas dentro de la operación.


  1. Planificación y Estructuración: En primer lugar, se define el objetivo estratégico y la forma jurídica adecuada. Aquí se evalúan estructuras societarias, implicancias tributarias y riesgos regulatorios. Si la operación involucra a empresas de un mismo grupo económico, la estructuración debe observar las normas sobre Operaciones con Partes Relacionadas (OPR) para proteger el interés social y a los accionistas minoritarios.


  2. Due Diligence: Consiste en una revisión exhaustiva (legal, financiera, tributaria) para identificar contingencias y pasivos ocultos. El due diligence no solo incide en la valorización, sino que su correcta ejecución es una obligación contractual cuya eficacia determina la procedencia de pagos por éxito o ajustes de precio.


  3. Negociación y Documentación: Se materializa en instrumentos como el SPA (Share Purchase Agreement) o el APA (Asset Purchase Agreement). En esta fase se regulan el precio, declaraciones y garantías (R&W) e indemnidades. Es vital recordar que los derechos para demandar perjuicios por deudas no informadas radican en la sociedad adquirente y no en el socio controlador personalmente, debido a la separación de patrimonios.


  4. Cierre (Closing): Se ejecuta formalmente la operación tras cumplir las condiciones precedentes, como aprobaciones de libre competencia o autorizaciones corporativas. El cierre marca el perfeccionamiento jurídico de la transacción y la transferencia efectiva de la propiedad.


  5. Integración Post-Closing: Orientada a la incorporación operativa para capturar sinergias. Jurídicamente, pueden subsistir obligaciones de ajuste de precio o contingencias tributarias.


En definitiva, el M&A es una herramienta estratégica compleja que combina decisiones jurídicas, financieras y empresariales de alto impacto. Cada operación responde a objetivos específicos como expansión, eficiencia, acceso a nuevos mercados o toma de control, y exige una planificación rigurosa para evitar riesgos que, en este tipo de transacciones, suelen ser significativos.


Lo relevante no está solo en la estructura elegida (fusión, compra de acciones o de activos), sino en cómo se ejecuta el proceso completo. Desde una correcta due diligence hasta una negociación bien documentada y un cierre jurídicamente sólido. Incluso después del cierre, la verdadera creación de valor depende de la capacidad de integrar adecuadamente las operaciones.


El presente artículo tiene únicamente fines informativos y de carácter general, por lo que no constituye asesoría legal, tributaria, financiera ni de inversión, ni sustituye el análisis particular de cada caso. La información aquí contenida puede estar sujeta a cambios normativos o interpretativos, por lo que debe ser siempre verificada y contrastada con la legislación vigente y con asesoría profesional especializada antes de adoptar cualquier decisión.

 
 

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